Esta norma impone sanciones tanto a los que vendan y beban fuera de los lugares y horarios permitidos. "Por ejemplo, los que tomen en vía pública tendrán una multa de 250 UFVs (en bolivianos 435)”, complementó.
"Hoy ya aprobamos la norma, por tiempo y materia de manera muy rápida y diligente, es una necesidad sentida por la población y el tiempo también nos está exigiendo que podamos apresurarla", señaló a los medios.
El parlamentario indicó que la norma tuvo sólo una modificación en relación a los horarios establecidos en la primera ley remitida a la Comisión de Gobierno de la Cámara Baja.
"La anterior ley estipulaba de que la prohibición de venta de alcohol era de 06h30 a.m. a 18h30 p.m., sin embargo ahora es de 03h00 a.m. a 09h00 a.m. es sobre todo para que la norma sea plenamente aplicable", subrayó.
Asimismo, anunció que ahora es tarea del pleno de la Asamblea Plurinacional para viabilizar la norma y acelerar su promulgación.
Aparicio, advirtió que los que infrinjan esta Ley de prohibición de venta y expendio de bebidas alcohólicas, estarán sujetos a sanciones económicas y servicios comunitarios.
En la misma línea, afirmó que los menores de edad que sean encontrados bebiendo alcohol, serán remitidos, en una primera instancia, a la Defensoría de la Niñez.
No hay comentarios:
Publicar un comentario