Arce anunció que esta consulta puede derivar en un referendo en los departamentos de Beni y Cochabamba, que son los directos involucrados en la construcción de esta vía.
“La consulta previa es un instrumento que está en la Constitución Política del Estado y la Ley de Régimen Electoral, específicamente reservada para el tema de la explotación de recursos naturales, y la construcción de una carretera no es un explotación de recursos naturales, no hay una correcta interpretación” de las disposiciones legales.
El artículo 39 de la Ley Electoral establece que “la consulta previa es un mecanismo constitucional de democracia directa y participativa, convocada por el Estado Plurinacional de forma obligatoria con anterioridad a la toma de decisiones respecto a la realización de proyectos, obras o actividades relativas a la explotación de recursos naturales. La población involucrada participará de forma libre, previa e informada”.
Arce ofreció ayer una conferencia de prensa para dar a conocer la posición oficial de la bancada oficialista en torno a este tema.
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