22 diciembre 2009

CNE: Prefectos deben renunciar y Gobierno no designará interinos

La Razon

Los prefectos, alcaldes y consejeros que pretendan presentar su postulación en las elecciones del 4 de abril de 2010, deberán renunciar 90 días antes de los comicios, por lo que los secretarios generales de las prefecturas asumirán el cargo de manera interina, informó hoy, el presidente de la Corte Nacional Electoral (CNE), Antonio Costas.

Explico que esa fue la posición asumida por el máximo organismo electoral del país, en la prolongada reunión que sostuvieron los vocales de la CNE, con el vicepresidente Álvaro García Linera, la noche del lunes pasado.

"Los prefectos tienen que renunciar, la Constitución Política del Estado prevé que las autoridades que pretenden postularse deben renunciar. La Ley 4021 establece algunas excepciones como el caso concreto del Presidente, Vicepresidente y Concejales municipales", sostuvo Costas.

Los vocales informaron al Gobierno sobre los preparativos y las reajustes realizados al calendario electoral con miras al 4 de abril próximo, en tanto que el Gobierno "expresó sus preocupaciones" sobre los vacíos existentes en la Ley Electoral Transitorio 4021.

El titular de la CNE explicó que la Ley Régimen Electoral, al ser "especial" tiene una preeminencia sobre el Código Electoral. En ese contexto, añadió que como organismo electoral aplicará la normativa de acuerdo con las disposiciones específicas en la Constitución Política del Estado. "Mientras no exista otra norma que modifique la actual Ley, nosotros vamos a acatar lo que dice la ley", precisó.

INSCRIPCIÓN CANDIDATOS: Costas dijo que en la reunión con las autoridades del Gobierno, la CNE informó, también, sobre su decisión de modificar la fecha de la inscripción de candidatos del 4 de enero - que inicialmente estaba previsto en el calendario electoral - al 18 de enero, para dar mayor tiempo al Congreso Nacional instancia que definirá las modificaciones a la Ley 4021.

En la reunión vocales y Gobierno, analizaron también los vacíos legales de la Ley 4021 respecto a la administración del proceso electoral en los municipios que decidieron declarar autonomías indígenas y en la región del Chaco que se declaró autonomía regional, lo cual debe ser analizado en una sesión del Congreso Nacional. Única instancia llamada por Ley para hacer modificaciones al Régimen Electoral Transitorio y que concluya en los plazos más cortos del proceso de adecuación de la Ley Electoral para garantizar los comicios del 4 de abril del 2010.

Los prefectos Rubén Costas, (Santa Cruz); Ernesto Suárez (Beni); Mario Cossio (Tarija) y Sabina Cuellar (Chuquisaca), opositores al Gobierno, expresaron su rechazo a la pretensión de modificar la Ley Electoral para impedir su renuncia.

Entre las modificaciones que el Congreso Nacional debe realizar a la Ley 4021, está la renuncia de los prefectos que se volverían a postular a la reelección tres meses antes de los comicios; además está pendiente el análisis de los estatutos regionales de los departamentos de Santa Cruz, Tarija, Beni y Chuquisaca.

También se debe tratar la elección de concejales, gobernadores y asambleístas por mayoría simple o dos tercios; elección por listas separadas, criterios que tiene vacíos legales que fueron advertidos por la Corte Nacional Electoral y que no están contemplados en la Ley 4021. La Paz, ANF

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