15 junio 2018

TSE envió a Legislativo propuesta Plantean elección interna de binomio presidencial

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) presentó ayer el proyecto de Ley de Organizaciones Políticas que fue presentado al Legislativo para su tratamiento y aprobación, en el que plantea la elección interna de candidaturas para el binomio presidencial con cuatro meses antes de lanzar la convocatoria a comicios presidenciales.

Es decir, los militantes de cada partido deberán elegir de forma simultánea, mediante voto en urnas a los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia. Esta tarea será cuatro meses antes de la convocatoria a elecciones generales.

Para participar en las elecciones presidenciales, “los partidos políticos o alianzas elegirán a su binomio en un proceso electoral simultáneo convocado por el Tribunal Supremo Electoral y realizado cuatro meses antes de la emisión de la convocatoria para las elecciones generales y con participación exclusiva de la militancia de la organización política”, dice el parágrafo I del artículo 29.

Añade que este proceso será organizado y administrado por el Tribunal Supremo Electoral y financiado con recursos del Tesoro General de la Nación, asimismo el ente electoral establecerá en Reglamento los términos, condiciones, plazos y procedimientos para dicho proceso.

En el parágrafo II establece que la elección de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia es de carácter vinculante y cumplimiento obligatorio por el partido político o alianza en proceso electoral y será publicado por el TSE en medios de comunicación de alcance nacional.

“Las únicas causales que pueden revertir el carácter vinculante de estos resultados son probados problemas de salud o la muerte de alguna o alguno de las o los miembros del binomio elegido”, agrega la norma.

Asimismo, el proyecto de ley en el artículo 34 inciso h), p) y q), prevén sobre el acoso y violencia al interior de las mismas y el de respetar sus derechos según la Constitución política del Estado y por último priorizar la paridad y alternancia en la elección interna de sus representantes.

FINANCIAMIENTO

La propuesta del TSE plantea también que se subvencione la propaganda electoral en medios de comunicación de manera equitativa para los partidos.

El texto propone que las organizaciones políticas tengan un financiamiento de carácter mixto, proveniente del sector privado con restricciones y fortalecimiento público.

El financiamiento público, según el proyecto, “consiste en subvenciones indirectas para el acceso a propaganda en medios de comunicación e impresos en elecciones generales y elecciones subnacionales (períodos electorales)” y también para la “formación y capacitación de la dirigencia y militancia de las organizaciones políticas en años no electorales”.

Se propone también que los medios de comunicación que se habiliten para la difusión de propaganda electoral, cederán gratuita y obligatoriamente al Órgano Electoral Plurinacional la misma cantidad de espacio y tiempo que éste les contrate.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Sin embargo, se prevé que la norma no regirá las elecciones generales de 2019, según puntualizaciones de sus Disposiciones Transitorias.

La primera de estas disposiciones dice que “La disposición que rige la actualización del registro de militancia para organizaciones políticas entrará en vigencia el año 2021”.

En otro punto dice que “Las organizaciones políticas que cuenten con personería jurídica reconocida por el Órgano Electoral deben adecuar sus documentos constitutivos en un plazo de hasta dos años a partir de la promulgación de la presente ley”.

La tercera dice que “la disposición que rige la elección de candidaturas del binomio presidencial se implementará de manera progresiva como máximo antes de las elecciones generales de 2024”.

“Lo que hay que decir como principio minimo es que la ley rige para lo venidero no hacía atrás (retroactivo) (…), para las organizaciones vigentes las disposiciones transitorias disponen un periodo hasta el 2021, para los temas de la militancia y dos años para la adecuación de sus estatutos orgánicos (documentos constitutivos)”, afirmó Exeni.

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