20 enero 2018

Tribunal Electoral de Tarija Varios pedidos de revocatoria deben adherirse a la primera

En caso de existir dos, tres o más solicitudes para la revocatoria de mandato de alguna autoridad electa, deberán adherirse a la primera solicitud aprobada, a partir de la cual comenzarán a correr los plazos establecidos en el Reglamento para este proceso, informó el presidente del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Tarija, Gustavo Ávila.

Ávila y el vocal Fermín Rojas dieron a conocer esta información en conferencias de prensa en Villamontes y Yacuiba, municipios donde se habilitaron 17 solicitudes de revocatorias de mandatos para autoridades de esos municipios.

Según el Reglamento de Condiciones Administrativas para los Procesos de Revocatoria de Mandato, en una primera etapa las solicitudes presentadas por los impulsores de la demanda deben cumplir siete requisitos formales para que el TED, después de aprobar la habilitación, les entregue los formatos de libros que deberán imprimir para iniciar la recolección de las firmas de adhesión ciudadana.

Entre estos requisitos están: Nombres, apellidos y cargo de la autoridad electa que es objeto de la revocatoria, indicar el Tribunal Electoral competente, nombres y apellidos de la persona que promueve la iniciativa, certificados de registro al Padrón Electoral, fotocopia de la cédula identidad del promotor o promotores, nombres y apellidos del encargado de coordinación con el Tribunal Electoral y señalar domicilio a efectos de comunicación.

Respecto a los plazos, la autoridad mencionó que los 90 días calendario de los que disponen las o los impulsores para recoger las adhesiones en los libros empiezan a computarse a partir de la habilitación de la primera solicitud de revocatoria, a la cual deben adherirse las siguientes que se presenten para la misma autoridad.

Sobre los porcentajes requeridos para impulsar las revocatorias de mandato, el vocal Fermín Rojas aseveró que en el caso de promover la revocatoria de autoridades nacionales se requiere por lo menos el 25% de adhesión de ciudadanos inscritos en el Padrón Electoral nacional, con las firmas y huellas dactilares; para autoridades departamentales y regionales el 25%, y para autoridades municipales el 30%.

Ambas autoridades se encuentran en los municipios despejando las dudas que se suscitaron sobre el procedimiento para impulsar las revocatorias de mandato.

“Nuestro trabajo y obligación es informar a la ciudadanía, ante dudas y especulaciones erróneas sobre el procedimiento administrativo para llevar adelante este derecho del ciudadano, de promover la revocatoria de mandato de una autoridad electa, estamos para socializar este mecanismo de la democracia directa y participativa”, indicó Ávila.

Yacuiba cuenta con un padrón de 64.921 personas, por lo que el 30% equivale a 19.476 firmas, y para el caso de los asambleístas departamentales el 25% representa 16.230 firmas. En el caso de Villa Montes el Padrón tiene 29.200 personas habilitadas y el 30% es equivalente a 8.760 firmas.

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