13 abril 2017

Frontera no definida, la clave del amparo boliviano en Chile

El recurso de amparo constitucional que presentó Bolivia ante la Corte de Apelaciones de Iquique señala que los nueve funcionarios bolivianos fueron detenidos en una frontera no determinada.

"Ningún Gobierno puede fijar un límite exacto del mismo” alega.

"Debido a la falta de trabajos de demarcación y la inexistente densificación de la frontera entre ambos países es irreal que la autoridad judicial, fiscal o policía alguna, chilena o boliviana, pueda determinar con precisión si los hechos ocurrieron en uno u otro territorio nacional, con el grado de certeza requerido en este tipo de casos”, detalla una parte del amparo al que tuvo acceso este matutino.

Según la Fiscalía chilena, los bolivianos fueron detenidos en su territorio, mientras que los carabineros en su informe presentado, un día y medio después del hecho, afirman que ocurrió a 147 metros de la frontera.

Sin embargo, esta afirmación, según el texto presentado por el abogado Claudio Villa, no tiene sustento porque no se realizó ninguna tarea de demarcación como pretendieron ambos gobiernos en 2011. Incluso, afirma, que los "mojones” -como ser pilas de rocas- que utilizan los pobladores para definir el límite incurren en una "falta de certeza respecto a la línea de frontera”.

Irregularidades

El amparo también halló una serie de irregularidades en la detención de los nueve bolivianos, ocurrida el 19 de marzo pasado. Una de ellas es que carabineros, Fiscalía, Aduana, y la jueza del Tribunal de Garantía chilenos no persiguieron el delito de "tentativa de contrabando” que está catalogado en las normas de ese país y que incurrieron en una "omisión de la denuncia”.

En las declaraciones de Roberto Castro, una de las supuestas "víctimas”, da cuenta que viajaban cargados con fardos de ropa usada "con la finalidad de realizar en el lugar un trasvase de las mercaderías a camiones provenientes de Bolivia”. Incluso, el fiscal en la audiencia declaró que "el hecho de que puedan ser o no contrabandistas las ‘víctimas’ no significa nada (...) Porque eso significaría la teoría del Sr. Defensor implica que ladrón que roba a ladrón tiene 100 años de perdón. Y la verdad es que aquí ladrón que roba a una persona debe ser sancionado”.

El texto del amparo señala que el sistema jurídico continental indica que "nadie puede beneficiarse de su propio delito”.

"Lamentablemente, la Fiscalía de Pozo Almonte no inició ninguna investigación ni presentó ninguna denuncia en contra de estas personas que declararon haber estado incurriendo en este hecho de contrabando”, agrega.

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