12 agosto 2016

Los componentes de un Pacto Fiscal

El principal componente del Pacto Fiscal es la redistribución de los recursos fiscales entre los distintos niveles de gobierno, dando énfasis al cambio de las relaciones fiscales intergubernamentales. Cuánto de la renta fiscal nacional le corresponde al Gobierno Nacional, al Departamental, al Municipal y al Indígena Originario Campesino, es la cuestión a resolver. Por tanto, el debate no se reduce a los recursos que reciben los gobiernos subnacionales, sino al conjunto de los recursos públicos que maneja el estado.

Está claro que esta redistribución debería significar una reducción de la renta fiscal destinada al Gobierno Nacional en favor de las entidades territoriales autónomas, que hoy están asumiendo la mayor responsabilidad a la hora de ejecutar las políticas públicas en un Estado autonómico.

Eso pasa por revisar los porcentajes de participación de cada nivel de Gobierno en la renta hidrocarburífera y minera, en la renta tributaria y aduanera, y en todos los otros impuestos nacionales que deberían ser coparticipables. El costeo competencial deberá ayudar a definir con mayor precisión técnica el sistema redistributivo, pero está claro que la reducción de recursos nacionales es un imperativo que se confirmará en el cálculo técnico.

Sin duda que lo ideal sería que cada nivel de gobierno realice su propio esfuerzo fiscal, aunque la normativa constitucional está pensada para un manejo centralizado de la recaudación de los principales impuestos y del endeudamiento público. La posibilidad de crear nuevos impuestos en los niveles departamental y municipal es ínfima, dada la saturación impositiva vigente, además que la clasificación de los impuestos tampoco ha abierto la posibilidad de que los gobiernos subnacionales accedan a recaudaciones tributarias propias que les sean significativas. Por ello, el debate mayor se deberá centrar en los niveles de coparticipación de cada entidad gubernamental en las rentas nacionales.

También resulta muy importante aplicar el marco constitucional que define los recursos propios de cada nivel de gobierno y la autonomía que tienen para decidir su disposición y administración.

El Pacto Fiscal debe, entonces, sincerar las relaciones fiscales intergubernamentales, evitando que un nivel de gobierno eche mano de otro nivel de gobierno, sin respetar la autonomía fiscal, que es un pilar fundamental a la hora de lograr efectivizar la autonomía plena reconocida en la CPE. A su vez, constitucionalmente no es posible que el Gobierno Nacional centralice recursos subnacionales o intervenga en la disposición de los mismos.

El Pacto Fiscal también debería definir los principales criterios para la administración de los recursos fiscales, modificando de forma sustancial el actual sistema de gestión del gasto y la inversión pública centralista y anacrónica. Asimismo, se debería generar un sistema de estímulos para mejorar la eficiencia de la gestión pública, como por ejemplo premiar el esfuerzo fiscal, premiar la capacidad desconcentrada de la gestión, premiar la rendición pública de cuentas, premiar la mancomunidad fiscal en municipios pequeños, premiar la capacidad de gasto, etc.

En este sentido, es necesario que el Gobierno Nacional defina el marco institucional para debatir el Pacto Fiscal de forma concertada con los otros niveles de gobierno, a la vez de generar las condiciones políticas y técnicas que le den proceso a la legitimidad y sustento que necesita para generar un Acuerdo de Estado que tenga una proyección en el largo plazo.

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