20 julio 2016

Sólo una de 25 entidades territoriales cumplió con requisitos para referendo

El Tribunal Supremo Electoral (TSE), a través del vocal José Luis Exeni, expresó su preocupación porque a menos de 30 días de realizarse la convocatoria para el referendo autonómico, de las 25 Entidades Territoriales Autónomas (ETA) que enviaron su solicitud para participar de la consulta, sólo Mojocoya, en Chuquisaca, concluyó con los requisitos previos para realizar la convocatoria.

“Estamos haciendo todo lo posible de nuestra parte para facilitar y viabilizar que el mayor número de Entidades Territoriales lleguen al referendo de noviembre, pero eso pasa por el cumplimiento de los dos requisitos que se les ha comunicado oportuna y formalmente a las interesadas”, dijo Exeni.

Los dos requisitos básicos — además de la obtención de la declaración de constitucionalidad a la carta orgánica o estatuto autonómico— son, por un lado, que la pregunta para la consulta haya pasado por la revisión y declaración de constitucionalidad en el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP); y, por otro, que la ETA interesada transfiera el presupuesto requerido a las cuentas del Órgano Electoral Plurinacional (OEP) para la administración del proceso.

La preocupación del TSE se debe esencialmente a los plazos que deben cumplir las ETA en la obtención de ambos requisitos, debido a que los trámites pueden extenderse entre siete a 10 días, en el caso de la declaración de constitucionalidad a la pregunta; y de 20 a 25 días para la transferencia de recursos, desde la solicitud del órgano legislativo correspondiente al Ministerio de Economía hasta la transferencia a cuentas del OEP.

“Nuestra preocupación tiene que ver con que estamos a cuatro semanas de la convocatoria y vamos a ver si la mayor cantidad posible de ellas (Entidades Territoriales Autónomas) puedan lograr cumplir estos plazos y llegar al referendo del 20 de noviembre”, expresó.

Desde el Tribunal Supremo Electoral se ha previsto realizar la convocatoria el 12 de agosto — tomando los plazos establece la Ley N° 026 de Régimen Electoral de 90 días previos para cualquier proceso electoral— en las ETA que hasta esa fecha hayan cumplido con los requisitos básicos para la convocatoria a esta consulta en sus regiones.

De acuerdo con la Ley de Régimen Electoral, cada una de las ETA deberá cubrir los gastos del referendo en su región, mediante la transferencia de los recursos a cuentas del OEP.



Esta transferencia debe realizarse a través del Ministerio de Economía.

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