07 octubre 2014

TSE fija prohibiciones para las elecciones

A través de la Resolución 542/2014, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) fijó las 10 prohibiciones y sanciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones generales y de representantes supraestatales programadas para el 12 de octubre.
El vicepresidente del TSE, Wilfredo Ovando, precisó que la primera restricción rige desde las 00.00 del viernes hasta las 12.00 del día de las elecciones, se refiere a la prohibición a la venta de bebidas alcohólicas. El infractor será multado con Bs 700 bolivianos y el local de venta con Bs 7.200.
También se prohíbe portar armas de fuego, punzocortantes o instrumentos peligrosos, y quienes sí transportan serán sancionados con Bs 2.880.
Tampoco se deben realizar actos, reuniones o espectáculos públicos de cualquier tipo el día de las elecciones. Quienes no cumplan pagarán una sanción de Bs 3.500.
No se puede trasladar gente de un recinto electoral a otro. Las denuncias serán remitidas al Ministerio Público.
También se instruyó la prohibición del tránsito de vehículos en el territorio nacional. Sólo podrán trasladarse los autos que cuenten con autorización, los infractores serán detenidos y los conductores castigados con Bs 936.
En cuanto a las autoridades departamentales, directores de medios de comunicación, corresponsales de prensa extranjera, hospitales e instituciones de servicio público, podrán solicitar su permiso a los tribunales electorales departamentales (TED).
Para el día de las elecciones, están prohibidos los viajes departamentales e interprovinciales dentro el territorio nacional, y las operaciones del Teleférico La Paz - El Alto.
Los vuelos internacionales en tránsito o los vuelos de originen en el país quedan exentos de la prohibición; no obstante, las aerolíneas deben tramitar en los TED los permisos para el traslado de pasajeros.
Desde las 00.00 del día jueves hasta la conclusión de la elección queda prohibida cualquier forma de manifestación pública en apoyo o rechazo de alguna candidatura. La persona que incumpla esta restricción será sancionada con una multa equivalente a cinco días del salario mínimo nacional, 50 salarios mínimos para organizaciones colegiadas y hasta 100 salarios mínimos para las organizaciones política.
Sin celulares, tablets y cámaras
El Tribunal Supremo Electoral instruyó ayer la prohibición del uso de teléfonos móviles y otros dispositivos tecnológicos en los recintos de sufragio, el 12 de octubre.
La determinación está incluida en un instructivo emitido ayer, en el cual se detalla que los electores no deben portar celulares, tablets, computadoras, cámaras fotográficas o de video con los cuales se pueda capturar la imagen de la papeleta de sufragio y el voto al ingresar a los recintos electorales.
El objetivo de la disposición es garantizar “el derecho del voto libre y secreto”, porque en otras elecciones, algunos electores utilizaron las redes sociales para difundir fotografías que develaban el voto de algunas personas, dijo la presidenta del TSE, Wilma Velasco.

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