07 enero 2014

TSE ahora dice que promoción de candidatos no es campaña y no tiene sanción

Para el Tribunal Supremo Electoral (TSE), la promoción de candidatos, caminatas, pegado de material impreso, la exhibición de banderas o vítores a las siglas de agrupaciones políticas en actos públicos no son considerados actos proselitistas ni faltas que deriven en sanciones, debido a que hasta ahora los candidatos no están registrados oficialmente en el ente electoral.
Por lo tanto, la proclamación del binomio Evo Morales y Álvaro García Linera, el fin de semana en Camiri por trabajadores petroleros, y la inauguración de la primera casa de campaña del MAS no constituyen faltas para el TSE, porque los postulantes no están registrados oficialmente como tales en la entidad.
Esta explicación fue brindada a Página Siete por dos fuentes del TSE, quienes pidieron no ser identificadas, aunque la información fue confirmada anoche por la presidenta del TSE, Wilma Velasco, en Cadena A.

Las fuentes consultadas insistieron en que el TSE sólo reconoce a un candidato cuando éste se encuentra registrado de forma oficial para postularse a los cargos electivos. Mientras no se cumplan estos requisitos, las proclamas "son meras afirmaciones o anuncios”, dijo una de ellas.
El domingo, el MSM protagonizó en La Paz y Oruro caravanas para fortalecer su campaña, horas después de que el TSE diera a conocer un reglamento de faltas y sanciones para quienes infrinjan cuatro disposiciones.

En el caso de pegado de material impreso, pintado o distribución de volantes, incluso la organización de actos públicos de campaña -explicaron las fuentes del TSE-, es el municipio el que se encarga de aplicar las sanciones, según ordena el artículo 124 de la Ley Electoral.
El Reglamento 001/2014 establece que las organizaciones políticas que realicen campaña electoral y/o propaganda electoral con anterioridad a la publicación oficial de la convocatoria o dentro de los tres días antes del día de la votación serán sancionadas con una multa equivalente a 60 salarios mínimos al momento de la comisión de la falta.

Para la Ley de Régimen Electoral, es propaganda electoral todo mensaje difundido con el propósito de promover organizaciones políticas y candidaturas, exponer programas de gobierno y solicitar el voto.



Leonilda Zurita, dirigente del gobernante MAS, anunció que su partido intensificará la campaña electoral para lograr un triunfo por encima del 50 por ciento en los comicios de octubre.

Dos denuncias en TSE contra el MAS
Unidad Nacional (UN) y Nueva Alianza Bolivia (NAB) presentaron ayer en el Tribunal Supremo Electoral (TSE) denuncias por el uso de bienes y recursos del Estado en campaña política por parte del binomio Evo Morales-Álvaro García (MAS) durante la clausura del congreso de los trabajadores petroleros que se realizó en la población de Camiri, en el departamento de Santa Cruz.
La demanda de UN señala que el 5 de enero de 2014 en Camiri, Santa Cruz, el presidente Evo Morales inauguró la primera casa de campaña.
Además, menciona la supuesta violación de la Ley de Régimen Electoral, que indica que "los servidores públicos de cualquier jerarquía están prohibidos de utilizar bienes y servicios de instituciones públicas en propaganda electoral, tanto en actos públicos de campaña o a través de mensajes en medios de comunicación masivos o interactivos”.
Similar contenido lleva la denuncia de NAB. Parte del documento indica que Morales y García Linera fueron proclamados oficialmente como candidatos a las próximas justas electorales.
Advierten que tres entidades pueden ser sancionadas

Página Siete / La Paz
Por la proclamación del binomio Evo Morales y Álvaro García Linera como candidatos a la presidencia, el fin de semana en Camiri (Santa Cruz), los trabajadores petroleros, el MAS y el canal estatal BTV pueden ser sancionados por incumplimiento del reglamento que prohíbe difundir y realizar campañas electorales antes de la presentación oficial de la convocatoria a las elecciones generales.


Esta afirmación la hizo el exvocal de la ex-Corte Nacional Electoral Jorge Lazarte, quien explicó que el punto cinco del reglamento (faltas cometidas por particulares y multas aplicadas) en el inciso "d” aprobado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) establece que los ciudadanos que inciten o realicen manifestaciones, reuniones o propaganda política fuera de los plazos establecidos por ley serán sancionados con una multa equivalente al 80 por ciento de su salario mínimo vigente al momento de la falta.

"El TSE debe aplicar este reglamento y sancionar a los trabajadores petroleros por realizar manifestaciones políticas durante su Congreso Nacional”, afirmó Lazarte.
El exvocal también explicó que para sancionar al canal estatal el TSE debe aplicar el artículo 120 de la Ley de Régimen Electoral, que señala que la propaganda electoral que contravenga las disposiciones de la ley dará lugar a la imposición de sanciones y multas al medio de comunicación que la difundió. "BTV transmitió la proclamación y ésa es una falta”, sostuvo.
 La sanción contra el MAS -dijo Lazarte- es porque los trabajadores, al proclamar a Morales y García, se identificaron como militantes del MAS y esto es una sanción directa al partido.

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