14 junio 2013

Jefes judiciales que falten sin justificación serán enjuiciados



Autoridad judicial que falte sin justificación a su fuente laboral por seis días continuos en un mes u 11 discontinuos al año será procesada disciplinariamente e, incluso, penalmente, según ordena la Ley 371 que fija la residencia y norma la labor de los administradores de Justicia.

La citada disposición legal fue promulgada por el presidente Evo Morales el 13 de mayo. En el documento se establece la residencia de magistrados, vocales y jueces en las ciudades donde están instalados sus despachos. Además se regula la declaratoria en comisión de los mismos.

El artículo 5 de la norma establece que “el abandono injustificado de la sede de funciones de magistradas, magistrados, consejeras, consejeros, vocales, juezas y jueces ordinarios y agroambientales, durante seis (6) días hábiles continuos u once (11) discontinuos en un año, estará sujeto a responsabilidad disciplinaria como falta gravísima o responsabilidad penal de acuerdo con lo establecido en el artículo 154 del Código Penal y la Ley Nº 044”.

El artículo 154 del Código Penal, referido al incumplimiento de deberes, estipula: “el funcionario público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto propio de su función, incurrirá en reclusión de un mes a dos años”.

La Ley 371 fija como residencia de los magistrados, tanto titulares como suplentes, la ciudad de Sucre. También alcanza a los vocales, juezas y jueces del Órgano Judicial, quienes tienen la obligación de permanecer en sus funciones, en el asiento jurisdiccional que les corresponde, durante los días ordinarios de la semana, de lunes a viernes.

El decano del Tribunal Supremo, Jorge von Borries, explicó que ese artículo fue incluido porque existen jueces, particularmente en las provincias, que trabajan sólo hasta el jueves para tomarse el fin de semana desde el viernes y volver a su labor en lunes.

Según información obtenida por La Razón, en Bolivia hay cerca de 120 vocales en los nueve tribunales de justicia y 900 jueces en el país. Entre titulares y suplentes, las máximas autoridades judiciales que cumplen sus funciones en Sucre son 18 en el Tribunal Supremo de Justicia y 14 magistrados en el Tribunal Agroambiental. A ellos se suman cinco titulares y cuatro suplentes del Consejo de la Magistratura.

Licencias. Respecto a las licencias, la ley determina que el presidente del Tribunal Agroambiental, en este caso Bernardo Huarachi, será el responsable de conceder las licencias a sus colegas y jueces agroambientales, tomando en cuenta que no existe una representación en cada departamento. Similar responsabilidad asumirá la presidenta del Consejo de la Magistratura, Cristina Mamani.

A partir de esta norma, la declaratoria en comisión, que se dará cuando se trate de normas inherentes al Órgano Judicial, no deberá superar los cinco días continuos o diez discontinuos en un mes. La representación institucional en actos oficiales no tiene que superar los dos días efectivos.

Cuando se trate de capacitación promovida por una entidad pública o privada, nacional o internacional, el tiempo no deberá superar los diez días hábiles y efectivos en un mes. Von Borries dijo que el Órgano Judicial debe elaborar el reglamento en un plazo de 90 días, para lo cual ya comenzó a tomar medidas junto con la Dirección Administrativa y Financiera, que será la instancia operativa.


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