13 enero 2013

Los nazis y la llegada de judíos a Bolivia

En 1938, el Gobierno de Germán Busch promulgó diferentes disposiciones legales orientadas a permitir el ingreso de extranjeros. Ese mismo año, en Alemania, el Gobierno de Adolf Hitler promulgó leyes orientadas a excluir a los judíos de la vida económica alemana, las cuales se sumaron a otras disposiciones que en gestiones pasadas excluyeron a los judíos de la vida civil, social y política de aquel país.

Gracias a las disposiciones del Gobierno de Busch, al menos 7.000 judíos que huían de la barbarie nazi pudieron ingresar en Bolivia, lo que significó la salvación de sus vidas. A continuación se conocerán las principales disposiciones legales promulgadas en Alemania y Bolivia.

Las leyes hitlerianas

Cuatro semanas después del nombramiento de Hitler como canciller, el 28 de febrero de 1933, un día después del incendio del Reichstag, se puso en vigencia una ley “que abolía los derechos civiles, la libre reunión y el secreto de correspondencia y teléfono; y permitía registros domiciliarios sin orden judicial”; posteriormente, el 24 de marzo de 1933, se aprobó la ley para eliminar la miseria del pueblo y del Reich, mediante la cual Hitler adquiría “el derecho a promulgar leyes” sin la aprobación del Parlamento alemán. Estas dos disposiciones facilitaron la posterior promulgación de diferentes medidas legales antisemitas.

En cuanto a la exclusión civil de los judíos alemanes, el 7 de abril de 1933 se aprobó la Ley para el Restablecimiento del Servicio Civil Profesional, según la cual los “no arios” y quienes poseyeran “un expediente político oscuro” quedaban excluidos del servicio civil. Una justificación del Gobierno nazi decía que los judíos habían adquirido demasiada influencia en la sociedad alemana.

Según el autor Eugene Davidson, el ministro del Interior de Hitler, Wilhelm Frick, afirmó que “el 48 % de los médicos, el 54 % de los abogados y el 80 % de los directores de teatro eran judíos”. Más allá de si lo anterior era cierto o no, ésta fue una de las vetas explotadas por la propaganda nazi.

La exclusión social comenzó tras la aprobación de las Leyes de Nüremberg en septiembre de 1935. De ellas, la ley para la protección de la sangre alemana y el honor alemán prohibía el matrimonio entre alemanes y judíos. Con estas normas, según el historiador Wolfgang Benz, los judíos “perdieron la igualdad de derechos” que estaba vigente desde 1871, cuando fueron reconocidos como “ciudadanos de pleno derecho en el Imperio alemán”.

La exclusión política se dio en noviembre de 1935, mes en el que se promulgó la ley de ciudadanía del Reich, cuyo primer reglamento decía que un judío “no podía ser ciudadano”; por lo tanto, no tendría “derecho alguno a voto en los asuntos políticos” y no podría “ocupar un cargo público”, quedando todo “funcionario judío” automáticamente jubilado a partir del 31 de diciembre de 1935.

En cuanto a la exclusión económica, el 12 de noviembre de 1938 se promulgó el decreto que excluía a los judíos de la actividad económica alemana. El historiador Michael Burleigh afirma que antes de aquel año “existían unos 160 mil negocios pertenecientes a judíos”, de los cuales 100 mil eran “empresas medianas o pequeñas”, 50.000 operaban como empresas unipersonales y otros 10.000 como “talleres de artesanos”. Para abril de 1938, como resultado de la “arianización”, el 60% de las empresas medianas o pequeñas había pasado a otras manos.

Un decreto letal

El decreto del 12 de noviembre se promulgó días después de la Noche de los Cristales Rotos, en la cual cerca de 7.500 negocios judíos fueron atacados y destruidos y al menos 30.000 judíos fueron detenidos e internados en campos de concentración. Como argumenta Abraham Zylberman, la Reichskristallnacht fue “la primera experiencia de violencia antisemita a gran escala”, que “abrió el camino para la completa erradicación de los judíos de la vida alemana”.

Según el decreto, a partir del 1 de enero de 1939 los judíos no podrían “dirigir tiendas minoristas, empresas de venta por correspondencia o agencias de venta, o ejercer una profesión comercial de forma independiente”. Asimismo, a partir del primer día de 1939, los judíos no podrían “ofrecer a la venta productos o servicios, hacer publicidad referente a éstos o aceptar pedidos de toda clase de mercados, ferias o exposiciones”. Además, se estipulaba que “las empresas de comercio judías” que no acataran la disposición serían cerradas por la Policía.

El decreto también disponía que a partir del 1 de enero de 1939, “un judío” ya no podría ser “jefe de una empresa” y tampoco ocupar cargos ejecutivos; en caso de que un “judío empleado en una empresa comercial” ocupara un “puesto ejecutivo”, debía notificársele que al cabo de seis semanas tendría que abandonar su puesto. Una vez que el plazo se cumpliera, “los derechos relativos” tanto a “pensiones” como a “pagos de indemnización” quedaban invalidados, ante lo cual no se aceptaría ningún reclamo. La disposición estipulaba además que los judíos no podían ser miembros de cooperativas y que se declaraban expiradas las filiaciones que pudieran tener éstos el 31 de diciembre de 1938, no siendo necesaria “notificación especial alguna”.

En Bolivia

Las disposiciones legales que se han conocido fueron la expresión de un antisemitismo que poco a poco fue adquiriendo un carácter legal y adoptando la característica de política de Estado, hasta que finalmente desembocaría en el exterminio físico conocido en la historia como Holocausto. Ante ello, muchos judíos alemanes y austriacos que actuaron oportunamente pudieron emigrar a tiempo de sus respectivos países. Uno de los destinos fue Bolivia, que fue uno de los pocos países que acogió a los judíos que huían de la política antisemita del Tercer Reich.

En su libro Presencia judía en Bolivia (2010), León E. Bieber afirma que entre 1938 y 1942 ingresaron en Bolivia entre 7.000 y 8.000 judíos, de los cuales tal vez la mayoría lo hizo a partir del decreto del 9 de junio de 1938, mediante el cual el Gobierno de Germán Busch permitió el ingreso y establecimiento de judíos en el país.

Antes del citado decreto, en mayo de 1938, se puso en marcha una política migratoria caracterizada por una apertura, siempre y cuando las personas solicitantes tuvieran interés en actividades agrícolas o industriales o bien que poseyeran un capital de 5.000 dólares.

Según Bieber, tres razones pudieron motivar la promulgación del decreto del 9 de junio: la intención de Paraguay de recibir a 15.000 judíos en el Chaco todavía en disputa; la posibilidad de obtener capital humano y económico requerido para impulsar la modernización del país y, finalmente, la posibilidad de contar con colonos agrícolas que podrían ocupar diferentes regiones de un país de baja densidad demográfica.

Según un informe revisado por Bieber, redactado en 1943 por la Sociedad de Protección a los Inmigrantes Israelitas de Bolivia (SOPRO), a finales de 1942 se habían establecido en La Paz unos 2.600 migrantes hebreos, mil en Cochabamba, 200 en Oruro, 75 en Potosí, 150 en Sucre, 75 en Tarija y algo más de 100 en Santa Cruz, en tanto que otros se establecieron en poblaciones intermedias.

En resumen, el antisemitismo en el Tercer Reich adquirió un respaldo legal a través de leyes orientadas a excluir a los judíos de la vida política, social, civil y económica. Ante la negativa de muchos países de acoger a judíos migrantes, mediante la promulgación de las disposiciones legales de 1938, Bolivia se convirtió en uno de los pocos países que recibió y salvó a migrantes europeos de fe mosaica.

de 1939 los judíos no podrían “dirigir tiendas minoristas, empresas de venta por correspondencia o agencias de venta, o ejercer una profesión comercial de forma independiente”. Asimismo, a partir del primer día de 1939, los judíos no podrían “ofrecer a la venta productos o servicios, hacer publicidad referente a éstos o aceptar pedidos de toda clase de mercados, ferias o exposiciones”. Además, se estipulaba que “las empresas de comercio judías” que no acataran la disposición serían cerradas por la Policía. El decreto también disponía que a partir del 1 de enero de 1939, “un judío” ya no podría ser “jefe de una empresa” y tampoco ocupar cargos ejecutivos; en caso de que un “judío empleado en una empresa comercial” ocupara un “puesto ejecutivo”, debía notificársele que al cabo de seis semanas tendría que abandonar su puesto. Una vez que el plazo se cumpliera, “los derechos relativos” tanto a “pensiones” como a “pagos de indemnización” quedaban invalidados, ante lo cual no se aceptaría ningún reclamo. La disposición estipulaba además que los judíos no podían ser miembros de cooperativas y que se declaraban expiradas las filiaciones que pudieran tener éstos el 31 de diciembre de 1938, no siendo necesaria “notificación especial alguna”. En Bolivia Las disposiciones legales que se han conocido fueron la expresión de un antisemitismo que poco a poco fue adquiriendo un carácter legal y adoptando la característica de política de Estado, hasta que finalmente desembocaría en el exterminio físico conocido en la historia como Holocausto. Ante ello, muchos judíos alemanes y austriacos que actuaron oportunamente pudieron emigrar a tiempo de sus respectivos países. Uno de los destinos fue Bolivia, que fue uno de los pocos países que acogió a los judíos que huían de la política antisemita del Tercer Reich. En su libro Presencia judía en Bolivia (2010), León E. Bieber afirma que entre 1938 y 1942 ingresaron en Bolivia entre 7.000 y 8.000 judíos, de los cuales tal vez la mayoría lo hizo a partir del decreto del 9 de junio de 1938, mediante el cual el Gobierno de Germán Busch permitió el ingreso y establecimiento de judíos en el país. Antes del citado decreto, en mayo de 1938, se puso en marcha una política migratoria caracterizada por una apertura, siempre y cuando las personas solicitantes tuvieran interés en actividades agrícolas o industriales o bien que poseyeran un capital de 5.000 dólares. Según Bieber, tres razones pudieron motivar la promulgación del decreto del 9 de junio: la intención de Paraguay de recibir a 15.000 judíos en el Chaco todavía en disputa; la posibilidad de obtener capital humano y económico requerido para impulsar la modernización del país y, finalmente, la posibilidad de contar con colonos agrícolas que podrían ocupar diferentes regiones de un país de baja densidad demográfica. Según un informe revisado por Bieber, redactado en 1943 por la Sociedad de Protección a los Inmigrantes Israelitas de Bolivia (SOPRO), a finales de 1942 se habían establecido en La Paz unos 2.600 migrantes hebreos, mil en Cochabamba, 200 en Oruro, 75 en Potosí, 150 en Sucre, 75 en Tarija y algo más de 100 en Santa Cruz, en tanto que otros se establecieron en poblaciones intermedias. En resumen, el antisemitismo en el Tercer Reich adquirió un respaldo legal a través de leyes orientadas a excluir a los judíos de la vida política, social, civil y económica. Ante la negativa de muchos países de acoger a judíos migrantes, mediante la promulgación de las disposiciones legales de 1938, Bolivia se convirtió en uno de los pocos países que recibió y salvó a migrantes europeos de fe mosaica.

En cuanto a la exclusión civil de los judíos alemanes, el 7 de abril de 1933 se aprobó la Ley para el Restablecimiento del Servicio Civil Profesional, según la cual los “no arios” y quienes poseyeran “un expediente político oscuro” quedaban excluidos del servicio civil.

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