12 diciembre 2012

Tribunal Supremo anula sentencia contra René Joaquino

La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia emitió una resolución que anula una sentencia de la Corte Superior de Potosí que condenó al ex alcalde de esa ciudad, René Joaquino, y a cinco de sus ex colaboradores a una pena de tres años de cárcel, lo que le valió en su momento ser alejado del cargo.
René Joaquino fue imputado por la compra irregular de seis autos y maquinaria usada, en su anterior gestión, como alcalde de Potosí, en 2006, y fue suspendido de sus funciones el 18 de agosto de 2010, después de ser reelegido como burgomaestre potosino, para enfrentar el proceso judicial.

El vocal relator del caso, William Alave, informó a los medios que la anulación del "Auto de Vista" significa que "los vocales de la Sala Penal de Potosí tienen que volver a revisar la sentencia" que emitieron.

Alave sostuvo que la presidenta de la Sala, María Lourdes Bustamente, coincidió en los argumentos del fallo debido a que la sentencia "no tiene una coherencia y los fundamentos que exige el Procedimiento Penal".

Consultado sobre si Joaquino podría ser restituido en el cargo luego de conocerse la anulación de la sentencia que lo condenó a tres años prisión, Alave dijo que el tema debe ser considerado en otras instancias, mencionando concretamente al Tribunal Electoral.

Además de Joaquino fueron procesados y condenados otras cinco personas, todas miembros de su equipo político que se desempeñaba en el Ejecutivo Municipal de la ciudad de Potosí.

"Esto conlleva a otro proceso, porque si se tiene que dictar otra sentencia y llegar a un nuevo juicio", sostuvo el vocal Alave.

"No olvidemos que dentro de este grupo de procesados hay otras personas, un secretario, un presidente del Concejo; los vocales de Potosí deben ver la teoría de dominio del hecho, del garante; se tiene que individualizar la participación de cada sujeto, que cada persona sea responsable del acto que ha cometido", añadió el magistrado.

Por su parte, la presidenta de Sala, María Lourdes Bustamente, afirmó que con la anulación del Auto de Vista se daba "una oportunidad a las partes para defenderse de acuerdo a las pruebas del Ministerio Público y en su caso los querellantes".

Bustamente indicó que el caso fue considerado en el Tribunal Liquidador luego de una disposición de la Sala Plena del Tribunal Supremo que dispuso dar prioridad al tratamiento de este caso.

ANF



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