01 noviembre 2012

Extinción de dominio, sin retroactividad

Carlos Romero reafirma que la Ley de Extinción de Bienes sólo será aplicada a partir de su promulgación y reiteró que combatirá al delito organizado.

La extinción de dominio de bienes a favor del Estado no se aplicará con carácter retroactivo, por lo que no se afectará su patrimonio de inmediato. El ministro de Gobierno, Carlos Romero, aseguró, además, que la norma será aplicable a partir de su promulgación.
El pasado martes, los comerciantes por cuenta propia salieron a las calles para exigir la anulación del proyecto de Ley de Extinción de Dominio de Bienes a Favor del Estado al entender que esta norma pondrá en riesgo sus bienes.
Irretroactividad. Romero dijo que “la ley no tiene efecto retroactivo, es para lo venidero” y recordó que el objetivo principal de este proyecto es afectar las fortunas mal habidas de narcotraficantes, contrabandistas y corruptos.
La autoridad contradijo, entretanto, las afirmaciones de la presidenta de la Cámara Baja, Rebeca Delgado, quien aseguró que el proyecto de ley remitido por el Ministerio de Gobierno, fue modificado en un 60 por ciento.
En tal caso, según Romero, el proyecto habría dejado de ser una propuesta del Ejecutivo para convertirse en un documento elaborado por el Órgano Legislativo, lo que no ha sucedido.
“Si la ley habría que modificarla en ese porcentaje, entonces habría que hacer otro proyecto de Ley, yo creo que no ha dimensionado bien la presidenta de la Cámara de Diputados”.
Romero reiteró que tanto gremialistas como choferes serán convocados a reuniones en las que se analizarán los artículos propuestos, oportunidad en la que se explicarán los alcances de la norma y se hará comprender a ambos sectores, que no deben temer la pérdida de su patrimonio, pues el proyecto tiene una finalidad distinta.

3 federaciones de gremialistas del eje central del país se manifestaron en contra del proyecto.

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