05 julio 2012

Extranjeros que adoptan a bolivianos prefieren hermanos

Los extranjeros que llegan a Bolivia para adoptar a más de un niño por lo general buscan hermanos y que sean menores de diez años, explicó Agustín Tarifa, director general de la Niñez, Juventudes y Personas Adultas Mayores, dependiente del Viceministerio de Igualdad y Oportunidades del Ministerio de Justicia.

Tarifa explicó que a diferencia de las familias bolivianas, que buscan adoptar sólo a un pequeño y menor de un año, la mayoría de las extranjeras “busca a niños que sean hermanitos. Para ellos es mejor que sean dos, tres y hasta cuatro, y además que buscan, en un 90%, a menores de diez años”. Los casos de adopciones de adolescentes “son pocos”.

Los padres adoptivos provienen, sobre todo, de Alemania, Suecia, Suiza y Holanda. “Quizá porque ellos vieron entre sus conocidos buenas experiencias”, añadió el responsable de la unidad encargada de tratar estos procesos en el país.

Uno de los casos de adopción de hermanos se reportó hace tres meses. Eran dos pequeños, uno de diez y otro de ocho, y una niña de cinco años. Tarifa cuenta que los tres nunca se separaban y vivían juntos en un orfanato.

De pronto se recibió una solicitud de una familia europea que había pedido expresamente tener tres hijos. Los pequeños fueron dados en adopción y continúan juntos, ahora con su nueva familia en Europa.

Registros

En 2011 hubo un repunte considerable de este proceso, ya que se registraron 84, frente a las 45 certificaciones reportadas en 2010. En lo que va del año, 30 niños fueron dados en adopción internacional. Si sigue esta tendencia habrá un descenso, dijo el director de la Niñez, Juventudes y Personas Adultas Mayores.

La reducción de las autorizaciones -explicó Tarifa- se debe a la caducidad de los acuerdos marco de funcionamiento de unas 20 “agencias intermediarias de adopción”, entidades autorizadas para llevar a cabo los procesos internacionales con el Estado boliviano.

“Las agencias intermediarias son las que, por convenio con el Estado boliviano, deben hacer el seguimiento cada seis meses a las familias y luego informar a las embajadas o consulados bolivianos”. De ahí que en la actualidad se revisan los acuerdos para ponerlos en vigencia.

Las instituciones bolivianas se encargan de enviar el informe al Ministerio de Justicia para evaluar la situación de los niños en sus nuevas familias.

“Si los niños no se acostumbran deben retornar al país, pero desde hace tres años no se registró ningún caso de ese tipo”, destacó Tarifa.

Además, confirmó el funcionario, tampoco se registraron casos en que los niños fueran devueltos por las familias en el mismo periodo.

Demora en el trámite

De acuerdo con Tarifa, el trámite de adopción tanto para las personas nacionales como extranjeras es moroso debido a los retrasos que se reportan en el procedimiento; sin embargo, esto “escapa de nuestras manos”.

“Una persona o pareja demora en la adopción de su niño mínimo dos años, cuando se supone que debería ser máximo un año”.

El trámite comienza luego de que la familia interesada presenta en el exterior la carta su solicitud a la Embajada o Cancillería de Bolivia en su país.

Se sortea el juez que autorizará o no la adopción, mientras se verifican los datos y las garantías que ofrece la familia al niño, como las buenas condiciones de vida.

Debido a las demoras que suelen presentarse, “hay familias que vienen (al país) y esperan años, pero por la retardación o porque vence la edad de un niño adoptable se van sin ellos”.

Esto casi pasó con la familia proveniente de Europa y que finalmente adoptó a los tres hermanos. “Fue en el aeropuerto donde le dimos sus documentos (de adopción) y a los niños”, contó Tarifa.

En Latinoamérica el trámite es igual
El trámite de adopción de menores en Bolivia es similar al que se aplica en otros países de Latinoamérica, dijo el director de la Niñez, Juventudes y Adultos Mayores, dependiente del Ministerio de Justicia, Agustín Tarifa.

“Para realizar la adopción de un niño en Bolivia se llevan a cabo los mismos procedimientos que el de cualquier país de la región, porque están enmarcados en la Convención de la Haya”, argumentó.

El artículo 15 del Convenio de La Haya indica que uno de los mecanismos que deben realizar es otorgar, “en doble ejemplar, el informe oficial de la idoneidad de los solicitantes de adopción internacional otorgado por la Autoridad Central en Materia de Adopción Internacional del Estado solicitante”.

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