06 marzo 2012

Elección de nuevo alcalde de Punata costará 180 mil bolivianos

Dirigentes del Comités Cívico y de Vigilancia de Punata expresaron este lunes su determinación de realizar campañas y colectas públicas para financiar los comicios para elegir a un nuevo alcalde o alcaldesa de ese municipio, que demandará un costo aproximado de 20 bolivianos por votante.

La decisión fue tomada por los dirigentes de ambas instituciones cívicas y vecinales, Henry Rojas, Juan Carlos Alvarado y Cristina Senzano, ante una probable resistencia de algunos concejales de asignar una partida presupuestaria de aproximadamente 180 mil bolivianos para garantizar las elecciones, según las nuevas disposiciones del Tribunal Supremo Electoral (TSE), emergentes de la Ley Financial. Dicha Ley obliga a las alcaldías que tienen autoridades interinas por varias razones, financiar los costos de las elecciones.

"Si tenemos que comprar la democracia, lo haremos, porque no hay nada mejor que estar dirigidas por autoridades legal y legítimamente elegidas por el voto popular, antes que por un golpe municipal o procesos legales amañados", dijo la dirigente cívica, Cristina Senzano.

El pasado 29 de febrero, el Concejo Municipal de Punata, tras librar una batalla interna entre oficialistas y opositores, y ante la presión de cívicos y vigilantes, aprobó por mayoría una resolución solicitando expresamente al Tribunal Supremo Electoral la convocatoria a comicios en ese municipio.

La resolución fue entregada el 1 de marzo, al filo del plazo, que establecía el TSE para que los concejos municipales de los municipios con autoridades interinas, soliciten mediante ese documento la convocatoria a elecciones.

Según los nuevos procedimientos, ahora corresponde aprobar una nueva resolución para aprobar el presupuesto y así financiar las elecciones.

La nueva norma sostiene que los municipios que ya presentaron la solicitud de elección, y que hayan sido aceptadas por el TSE, tienen la obligación de presupuestar con fondos municipales el costo de la elección, según prevé la Ley Financial de 2012 en su artículo 23 y el Decreto Supremo 1134, artículo 9 de febrero de 2012, en coordinación con la máxima autoridad electoral.

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