06 noviembre 2009

CNE ratifica que Fernández puede hacer campaña

La Razon


La CNE dice que la demanda del MAS es maliciosa, temeraria, ofensiva y sin ninguna prueba que la respalde, “expresada con el único afán inmoral de desacreditar a instituciones y personas que únicamente se limitan a cumplir la ley”.

Con una nueva resolución que incluye una amonestación al MAS, la Corte Nacional Electoral (CNE) ratificó ayer que el candidato a la vicepresidencia del Estado por el Plan Progreso para Bolivia (PPB), Leopoldo Fernández, puede realizar campaña proselitista desde el penal de San Pedro, donde está recluido desde hace 14 meses.

“Confirmar en todas sus partes la Resolución N° 238/2009”, señala parte resolutiva del documento de la CNE. Dicho documento determina que Fernández “puede ejercer sus derechos a la libertad de expresión con fines electorales y realizar propaganda política”.

Además, el organismo electoral amonestó al delegado del MAS, Carlos Arroyo, quien presentó un recurso de revisión al que calificó como “temerario y malicioso...por contener desaprensivas insinuaciones de una inexistente parcialización de la CNE” con el candidato del opositor PPB.

En el recurso del MAS se cuestionó que la CNE haya resuelto la demanda del PPB el mismo día que fue presentada, además que “se obvie deliberadamente a la autoridad jurisdiccional encargada de velar por las garantías” de Fernández, que este órgano asuma un rol que no le compete y se presume que fue la misma persona que redactó la demanda y la resolución, pues se repite un error en ambos documentos, referido al artículo 22 de la Ley de Régimen Electoral Transitorio, que no tiene nada que ver con la demanda.

Sobre esta última observación, la respuesta de la CNE fue contundente: “Es una presunción temeraria, maliciosa y ofensiva, sin ninguna prueba que la respalde, expresada con el único afán inmoral de desacreditar a instituciones y personas que únicamente se limitan a cumplir con su deber bajo el imperio de la ley”.

La CNE explica que “una garantía básica para cualquier candidato en un proceso electoral es la libertad de expresión para hacer conocer al electorado sus programas y propuestas...sin estas garantías el candidato deja de ser candidato. No existe candidatura alguna sin libertad de expresión”.

También aclara que en materia electoral el Juez de Garantías es la CNE y no el juez de la causa que interviene en un proceso penal; “por tanto es jurídicamente absurdo pretender que la Corte Nacional Electoral decline su rol de Juez de Garantías Electorales”.

La Resolución de la CNE también explica que no autorizó dejar de lado o violar las prohibiciones establecidas en el Código Electoral, como fijar carteles u otro tipo de propaganda en un inmueble público, como mencionó el oficialismo. “Esta afirmación del recurrente presupone un absurdo...Por las prohibiciones indicadas resulta obvio que esto no lo puede hacer, pero sí puede utilizar el medio de la propaganda política más importante que es el de la libertad de expresión”.

El vocero del MAS, Jorge Silva, afirmó que la nueva resolución de la CNE es “inadecuada, inapropiada e inoportuna, por lo que nosotros no la vamos a cumplir”.

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